Para una mejor comprensión del tema se puede revisar el libro Otro mundo es posible pp. 53 a 82 en el siguiente link
La «Declaración Universal de los Derechos Humanos» no sólo es el documento más sublime emanado de la C)NU, sino la primera realización exitosa de globalidad. Fruto <lel consenso de todas las religiones, filosofías y políticas de todo el mundo, logró por primera vez el reconocimiento universal de los derechos que corresponden a cualquier habitante del planeta, por el sólo hecho de ser «humano», independientemente de cualquier condición (incluso la de delincuente). Para un cristiano, estos derechos se derivan de la dignidad de la persona, creada a imagen y semejan za de Dios, por lo que deben gozar de una veneración cua si sacramental.
Se suelen distinguir tres generaciones en el reconoci miento de estos derechos, y posiblemente estemos ya en una cuarta generación. Los primeros derechos en ser re conocidos fueron los derechos civiles y políticos (liber tades de expresión, de reunión, de integridad física, etc.). Éstos son concomitantes a una sociedad democrática en situación de «estado de derecho». No extraña que durante los tiempos de la «guerra fría», fuesen utilizados como propaganda de presión para los países comunistas del Se gundo J\1undo. Estos países finalmente dieron su reco nocimiento; pero condicionado a que el llamado «mundo libre» reconociese a su vez los derechos económicos y so ciales, todavía más básicos que aquellos. Entonces se so-
lía contraponer libertad y justicia y se alegaba que el Primer Mundo practicaba i:sta a costa de aquélla; mientras que el Segundo 1\lundo practicaba la segunda a costa de la primera. Sea como fuese, al ser ambos valores -liber tad y íusticia- reconocidos, quedaban ambos comple mentados. La tercera generación fue la de los derechos diferenciados, pues si bien cualquiera de estos derechos pertenece a todo ser humano, hay algunos que se aplican de diverso modo, atendiendo a diversas condiciones, de edad, género, raza, cultura, etc. Finalmente, la actual De claración Universal ha sido criticada de tener un enfoque individualísta, pues hay algunos derechos que corres ponden a las colectividades, en especial los derechos de las minorías étnicas en cuanto colectividades o mejor aún, los derechos ecológicos, que más que ser derechos del pla neta, son también derechos que todos tenemos a disfru tar de un ambiente sano.
Estas distinciones tienen también consecuencias jurí dicas, pues mientras el directamente responsable de los de rechos de la primera generación es el Estado, quien debe garantizar su cumplimiento, no siempre está en manos del Estado garantizar los derechos de la segunda generación, como sucede en países pobres, donde no hay capacidad de satisfacer las necesidades básicas. En estos casos, la res ponsabilidad recae sobre ]a comunidad internacional,a tra vés de las instituciones financieras mundiales, quienes tienen capacidad de remediar estos problemas sociales y, por tan to, ante quienes hay que exigir respuesta. En cambio, en los derechos de la tercera generación, los Estados deben educar a la población para lograr cambios culturales; aun que dichos derechos no estén sancionados por la ley.
Con la Declaración Universal como instrumento jurí dico mundial, en los últimos años se han realizado indu dables progresos en el reconocimiento de los derechos los humanos. Se trata de una nueva cultura mundial, que golpe de la legitimidad universal. Sin embargo, falta todavía mucho para que se pase de la mera declaración de principios a una práctica real. Podemos hacer un breve repartición de los derechos, comenzando por los de la segunda generación, que en realidad son los fundamentales.
























